El próximo 1° de enero vence el plazo para el ingreso al régimen de Facturación Electrónica de todos los contribuyentes de IVA, incluso de IVA Mínimo, según disposición de la Dirección General Impositiva (DGI) que ya fue extendida por un año.
Por tal motivo, hablamos con Schurman González, referente de Informática Arroba, uno de los establecimientos autorizados como proveedor del software de facturación electrónica que funciona en nuestra ciudad y experto en el tema, para que nos aportara algunas recomendaciones sobre esta nueva metodología.
Dijo que la misma acoge a pequeños empresarios (Literal E) y profesionales independientes como médicos, abogados, arquitectos, escribanos, contadores, entre otros, y que desde principios de año se viene realizando una campaña informativa en conjunto con el Centro Pyme de Paso de los Toros para difundir la información, lo cual se concretó en dos charlas (enero y noviembre), en las cuales hubo contacto directo con los comerciantes, despejando dudas y orientando sobre este nuevo sistema.
También indicó que el primer paso para acogerse a la medida es adquirir un Certificado Digital por el Correo Uruguayo o Abitab, únicas entidades autorizadas a nivel nacional; los costos varían dependiendo del tipo de persona o empresa, y si es válido por un año o dos, dicho trámite se gestiona en unas 72 horas aproximadamente.
Luego de haberse obtenido el Certificado Digital, ahora se busca el proveedor del software que mejor le convenga al comerciante (ellos prestan ese servicio), para que realice la postulación de la empresa ante la DGI para que sea un emisor de factura electrónica, y una vez aprobado este paso, que es más o menos de una semana, recibe la inducción para manejar el sistema, «es una interfaz muy amigable y fácil de manejar», afirmó González.
En este sentido, recomendó a quienes aún no han iniciado este proceso a que se apresuren porque el tiempo se acorta y es probable que las instituciones involucradas puedan verse saturadas de solicitudes, por lo que los lapsos de cada recaudo podrían extenderse.
«No sabemos que va a pasar después del 1° de enero con estas personas que no logren adecuarse a la normativa, pero lo que sí es seguro es que ya no podrán emitir facturas en papel o físicas ni tampoco cobrar sus honorarios profesionales, porque la facturación electrónica es obligatoria para todos», dijo.
Finalmente explicó que están exentos de este proceso los que desarrollen actividades agropecuarias y obtengan el ejercicio ingresos inferiores a 4 millones de UI, quienes realicen actos de agregación de valor en la construcción sobre inmuebles, contribuyentes del Impuesto a las Rentas de los No Residentes, Monotributo, Monotributo Social Mides y Aporte Social Único de PPL.
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