La Corte Electoral estableció que las justificaciones por no haber votado en las Elecciones Nacionales (tanto primera como segunda elección – balotaje) podrían realizarse entre el 26 de noviembre y el 26 de diciembre del presente año; es decir, hoy vence el plazo para evitar la multa de 1.742,96 pesos, o en el caso de los funcionarios públicos o profesionales con título de la Udelar, de 3.485,92 pesos.
El procedimiento puede realizarse por internet ingresando a la página https://www.gub.uy/corte-electoral/comunicacion/comunicados/multas-justificaciones o de forma presencial ante las Juntas Electorales Departamentales.
Las causales de justificación establecidas por el ente comicial son las siguientes:
1. Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impidiera concurrir a la Comisión Receptora de Votos el día de la elección. Presentar certificado médico o certificado expedido por un establecimiento asistencial o de asilo.
2. Hallarse fuera del país el día de la elección. Presentar cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país (certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte con sellos de salida e ingreso al Uruguay o pasajes que acrediten dichos extremos), constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza. El plazo por esta causal será de 30 días a partir de su ingreso al Uruguay.
Los que tengan residencia en el exterior deben concurrir al Consulado Uruguayo más próximo, dentro de los veinte días anteriores o posteriores a la elección para acreditar hallarse en el exterior, labrándose las actas correspondientes, que los cónsules deberán remitir a la Corte Electoral y entregar asimismo al interesado una copia autenticada.
3. Estar imposibilitado de concurrir a la Comisión Receptora de Votos por razones de fuerza mayor. Deberán establecer cuáles son las mismas y acreditarlas mediante prueba documental.
Fuente: Corte Electoral