La Dirección General de Tránsito de la Intendencia de Tacuarembó, informa a la ciudadanía que todo vehículo que preste servicio de transporte de pasajeros deberá cumplir con las normativas vigentes establecidas en las Ordenanzas correspondientes: 1) Taxímetros (RTX), 2) Remises (RRE), 3) Transporte Escolar (RES), 4) Turismo (RTU).
De acuerdo con lo dispuesto en la normativa departamental nadie podrá explotar los servicios antes mencionados sin estar debidamente autorizado por la Intendencia de Tacuarembó, debiendo así mismo cumplir con una serie de requisitos esenciales que se detallan a continuación:
-Autorización expresa por Resolución de la Intendencia de Tacuarembó.
-Empadronamiento en el departamento y debiendo ser titular del vehículo quien lo solicita.
-Registro de Empresa (Certificados de BPS y DGI).
-Licencia de Conducir profesional en la categoría correspondiente.
-Seguro y habilitación para el transporte de pasajeros.
-Cumplimiento con la identificación y señalización reglamentaria.
-Presentar además Certificado de Antecedentes Judiciales (Buena Conducta).
Asimismo, se recuerda que quienes presten servicios de transporte de personas sin la debida habilitación estarán incurriendo en una infracción y serán pasibles de sanciones conforme a lo previsto en la normativa vigente.
Por otro lado, ante todo lo antedicho, se exhorta a los ciudadanos a utilizar únicamente servicios debidamente habilitados para garantizar su seguridad y evitar sanciones de transporte informal que no cumplen con las condiciones requeridas. Ante cualquier consulta o denuncia dirigirse a la Dir. de Tránsito o comunicarse por teléfono 46324671 interno 245.
Fuente: Marcos Ademar Pereira