Un Tribunal de Apelaciones ordenó la prisión preventiva del productor, lo mismo que había pedido la fiscal y había sido negado por la Justicia.
El Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno ordenó la prisión preventiva para el productor imputado como presunto responsable de la muerte de un joven de 15 años que tomó contacto con alambres electrificados (caseramente y a gran voltaje) en los límites de su propiedad.
Así informó Infopráctica en su momento sobre lo sucedido:
Siguiendo con los hechos, el viernes 7 de febrero, la fiscal de Dolores (Soriano) Viviana Maqueira imputó al hombre por homicidio «a título de dolo eventual». Al imputarlo por homicidio a título de dolo eventual, la fiscal entendió que el homicidio se produjo de forma voluntaria por parte del productor rural.
En aquel momento, si bien la fiscal pidió la prisión preventiva del sujeto mientras continúa la investigación -que concluirá en el juicio y la pena a cumplir- la Justicia accedió a dictar el arresto domiciliario durante 60 días.
Recientemente el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 2º Turno ordenó la prisión preventiva efectiva por el plazo restante, un mes. Con estas condiciones, el imputado sigue con medidas preventivas a la espera del juicio.
El cambio dictado por el tribunal se produce luego de que se entendiera que hay méritos para que el imputado vaya a prisión y no cumpla las medidas preventivas en su casa.
Quien interpuso un recurso de apelación en reclamo de la prisión preventiva efectiva fue la propia Fiscalía al entender que «está acreditado el riesgo para la investigación con la conducta del formalizado».
«Trató de influenciar a un testigo para que actuara en forma desleal ante la Justicia, modificando los hechos en favor de él, ya que le habría pedido a su empleado que dijera que la conexión la había hecho él», señaló la Fiscalía en su argumentación.
La resolución redactada por el ministro del Tribunal de Apelaciones de 2º Turno, Dr. José Balcaldi, establece que la imputación preliminar de la Fiscalía recae en un hecho de suma gravedad que claramente puede considerarse como uno de aquellos que ponen en peligro a la sociedad en su conjunto, por lo que no parece un exceso pretender una cautela severa bajo esa premisa.
Fuente: Montevideo portal