PROHIBICIÓN DE PROPAGANDA ELECTORAL EN ESPACIOS PÚBLICOS
Se recuerda a todos los partidos políticos que se encuentra vigente la Ordenanza para la “Prohibición de la Propaganda electoral en espacios públicos en el departamento de Tacuarembó, legislada por la Junta Departamental y por Resolución N° 0936/2019 del Ejecutivo, de lo cual se destaca lo siguiente:
1°) establece las condiciones regulatorias para el cumplimiento de la citada Ordenanza.
2°) se entiende por pasacalle el cartel o o franja elaborada de tela, lona u otro material de similares características que cruza la calle por lo alto, o que se encuentra ubicado dentro de una misma calzada en lo alto y a lo largo o ancho de la misma, independientemente del soporte que lo contenga,.
3°) la colocación del resto de propagando electoral en la vía pública realizada a través de carteles, afiches, columneras, pintadas y/o similares, deberán realizarse con un mínimo de dos metros de las señales departamentales, municipales y nacionales de tránsito vehicular y peatonal (semáforos, cruces, flechas, parada de ómnibus, sendas peatonales, zonas de estacionamiento limitado reservado, destacando que el incumplimiento, además de las multas correspondientes establecidas, la Intendencia efectuará los controles y notificaciones a través de la Policía Departamental. Estos son los primeros puntos destacados mientras se desarrolla la campaña electoral, determinando, luego de cumplida la misma, a poner en conocimiento por información a todos los medios de comunicación, sobre las medidas posteriores a la campaña, que también forman parte de esta Ordenanza.
Fuente: Municipio de Paso de los Toros