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Nuevas resoluciones de la Intendencia buscando disminuir la movilidad y evitar la propagación de Covid-19

Tacuarembó, 22 de Abril de 2021

RESOLUCIÓN N°0430/2021

Visto: La situación causada por el Coronavirus Covid-19 y la declaración de emergencia sanitaria realizada por el Gobierno Nacional.

Resultando: 

I) Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) calificó al virus antedicho como pandemia.

II) Que el Gobierno el día 7 de Abril del presente año, mantuvo las medidas de prevención contra Covid-19, anunciadas el 23 de Marzo pasado, donde se establecieron medidas para el funcionamiento de oficinas públicas, evitando aglomeraciones de personas, con cierres de ciertas actividades y espectáculos, todo con la excepción de los imprescindibles.

Considerando: Que es necesario tomar conciencia, por parte del conjunto de la población, de la gravedad de la situación actual y la necesaria participación activa de cada persona como parte de una colectividad ciudadana, extremando los cuidados de higiene y los vínculos con otras personas, fomentando la solidaridad individual y colectiva.

Atento a lo establecido en los Artículos 274 y 275 de la Constitución de la República, Artículo 35 de la Ley 9.515 y las Potestades del Jerarca.

El Intendente de Tacuarembó resuelve:

1°) Dispóngase, atento a la situación actual de contagios en nuestro departamento, buscando contribuir a disminuir la movilidad y evitar la propagación del Covid-19:

Se suspenden todos los servicios religiosos de toda índole y de cualquier tipo (umbandas, etc.), en templos, en casas de familia, e incluso al aire libre.

Se reitera, que se mantienen cerrados todos los espacios públicos del departamento de Tacuarembó, evitando así la aglomeración de personas.

2°) Las medidas dispuestas en el presente acto administrativo estarán vigentes hasta el día 30 de Abril de 2021, donde se realizará nueva evaluación.

3°) Comuníquese al Sr. Javier Rodríguez quien ejercerá el contralor en coordinación con el Ministerio del Interior.

4°) Pase a conocimiento del Coordinador de CECOED.

5°) Hecho al Coordinador de Municipios para su conocimiento y notificaciones pertinentes.

6°) Regístrese en el Decretero Departamental.