Desde la prohibición de usar auriculares en bicicleta o el teléfono cuando se cruza la calle caminando, estos son las modificaciones para los usuarios de tránsito «vulnerables».
La semana pasada el Parlamento aprobó la nueva Ley de Tránsito, que regirá a nivel nacional y servirá para regularizar y unificar muchos aspectos del tránsito que tienen distinta aplicación según la intendencia. Ahora (tras la media sanción en Senado y media sanción en Diputados, sin cambios), pasa directo al Ejecutivo y se abre un período de 180 días para que se reglamente y luego comience a aplicarse.
Marcelo Metediera, director de Tránsito de Canelones que participó de la discusión de las nuevas normas, dijo a Montevideo Portal que esta ley permitirá despejar las dudas actuales sobre los distintos criterios que aplican la Caminera o las intendencias en el país, y trae aparejados varios cambios que representan «un avance».
Algunos de los cambios más publicitados son los del permiso de conducir nacional por puntos, que las personas que no demuestren domicilio en el país no puedan salir de fronteras si no pagan las multas o la prohibición de vender motos que no cumplan con estándares de seguridad, pero su puesta en marcha incluye también varios cambios que abarcan a los ciclistas y peatones (los usuarios más «vulnerables»).
Por ejemplo, los peatones no podrán cruzar la calzada usando dispositivos electrónicos o de telefonía móvil, excepto aquellos de funcionamiento no manual.
Ya comienza el pedalear
Los ciclistas pasarán a tener los mismos derechos y obligaciones que los demás conductores. Tendrán derecho «al pleno uso de un carril» y «podrán circular en grupos de a dos en fondo, dentro del mismo carril». Justamente, los ciclistas no podrán circular entre los autos o en la banquina, señaló Metediera. Deben circular por la calzada por el carril de la derecha, «excepto que existan zonas en la calzada o en la acera debidamente señalizadas y habilitadas para el uso de ciclistas».
Otro punto importante es que ni bicicletas ni motocicletas podrán remolcar o transportar carga que no esté diseñada para ello, «o cuyo peso o volumen comprometan las condiciones de seguridad y maniobrabilidad en vía pública». Metediera afirmó que si bien este punto despertó reclamos, esto está prohibido desde el 1968, aunque se respete poco. La reglamentación ahora determinará cuál el criterio para el enganche de vehículos y qué y cómo puede remolcarse.
Los ciclistas no podrán usar auriculares para escuchar música (ningún elemento que dificulte la visión o la audición). Tampoco podrán circular por los sitios destinados a peatones, salvo que esté autorizado, pero del mismo modo las ciclovías no pueden ser invadidas por otros vehículos o peatones.
Pasa a ser de obligación nacional que los ciclistas usen elementos de retro-reflexión (chaleco, campera o bandas)
Uno de los cambios interesantes para los ciclistas es que quedan habilitados a circular por las rutas. Se les prohíbe sin embargo cruzar las rutas nacionales montados en las bicicletas. Deben descender y cruzar a pie junto a la bicicleta. Para girar a la izquierda cuando circulan por la ruta tienen que hacer la siguiente maniobra: circular por el borde derecho de la calzada y al llegar al punto de giro descender del rodado y cruzar la ruta a pie, caminando con la bicicleta a su lado.
Hay que acotar que rigen también para esta ley las especificaciones de la norma 19061 aprobada en 2014, que incluyen la obligatoriedad del uso de casco en ciclistas, así como un sistema de freno delantero y trasero, espejos retrovisores, timbre o bocina y un sistema lumínico consistente en un faro de luz blanca y un reflectante del mismo color ubicado en la parte delantera y un faro de luz roja y un reflectante del mismo color en la parte trasera.
Sanciones
¿Qué sucederá con los peatones o ciclistas que cometan estas infracciones previstas por la nueva ley? ¿Habrá multa o alguna clase de sanción? Metediera aclaró que en lo que respecta a peatones y ciclistas la idea «no es salir a fiscalizar y multar». «La idea es que se conozcan los derechos y las obligaciones», agregó.
Para ser más claros, no se multará a los ciclistas y peatones por incumplir la ley, pero no respetar las normas puede traerles consecuencias. Por ejemplo, si un vehículo atropella a un peatón que estaba hablando por teléfono o usándolo al momento de cruzar la calle, no tendrá el respaldo jurídico por estar infringiendo la norma. Lo mismo ocurre con un ciclista que gire de forma incorrecta en una ruta o que no tenga elementos de seguridad.
«Una multa no se va a aplicar, pero se va a controlar y notificar a las personas», dijo. Esto no será siempre así. «En algún momento las multas serán asociadas a la cédula de identidad, porque el vehículo no comete la infracción sino la persona, pero lo que importa ahora es generar responsabilidad», dijo. La fiscalización para estas infracciones, sin embargo, no está prevista en la ley actual.
Fuente: Montevideo Portal