Al igual que con el asado, el gobierno extendió la medida por un mes para esos productos alimenticios. La ley prevé una única extensión.
El Poder Ejecutivo emitió un decreto que prorrogó desde el 8 de mayo y por 30 días, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el pan blanco común, la galleta de campaña, la pastas y los fideos.
Dichos productos están gravados por el IVA mínimo, por lo que la exoneración correspondiente es del 10%.
La ley fue aprobada el pasado 6 de abril en el Parlamento por unanimidad y promulgada por el Poder Ejecutivo luego.
En la norma se facultó al gobierno la posibilidad de prorrogar por única vez 30 días más dicha exoneración, al igual que se hizo con el asado que se extendió hasta el 22 de mayo.
Fuente: Montevideo Portal