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Experto comparte consideraciones sobre los nuevos delitos informáticos aprobados en el Senado

A partir de la promulgación de la ley quedará tipificado el delito de acoso telemático, por el que se prevén penas de entre tres meses y tres años de penitenciaría para quien “vigile, persiga o procure cercanía física o intente establecer contacto con una persona […] de tal modo que altere gravemente el desarrollo de su vida”.

El delito de «fraude informático», con penas de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría para quien, mediante manipulaciones informáticas, realice operaciones financieras en su propio beneficio.

«Delito de daño informático»: penas de seis a 24 meses de prisión para quien destruya documentos o sistemas informáticos.

También se crea el delito de «acceso ilícito a datos informáticos», que prevé penas de seis a 24 meses de prisión para quien, sin autorización, acceda, difunda o venda información.

El delito de «interceptación ilícita de transmisiones privadas», y el delito de «vulneración de datos», previsto para quien acceda, se apodere, utilice, o modifique datos confidenciales, ambos con penas de entre seis y 24 meses de prisión.

El proyecto también creó el delito de «suplantación de identidad», que prevé penas de uno a seis años de penitenciaría para quien usurpe la identidad de una persona física o jurídica por medio de un sistema informático para obtener un beneficio.

«Delito de abuso de los dispositivos» para quien produzca, importe o facilite a terceros programas, sistemas o datos que faciliten “inequívocamente” la comisión de un delito, algo que será penado con seis a 24 meses de prisión.

El Dr. Luis González especialista en derecho penal y criminología indicó a DURAZNO DIGITAL que la ley también propone un registro nacional de ciberdelincuentes y medidas educativas, las cuales se refieren a difundir información para prevenir y tener el conocimiento necesario básico en cuestiones relativas a la actividad tecnológica.

“El crecimiento de casos y de nuevas modalidades de ciberdelito ponen en tela de juicio la eficacia de los operadores del sistema de justicia y la capacidad del código penal vigente para imputar las nuevas conductas delictivas», señaló el profesional. Agregó que también se plantean cuestionamientos sobre la responsabilidad del sistema bancario, sus límites, y las obligaciones de los usuarios sobre sus datos, desafiando por completo a los Estados modernos, donde casi la totalidad de las operaciones económicas o transacciones son de realización digital.

«La era tecnológica actual obliga a mantener nuestra vida reflejada en el ámbito electrónico, de ahí la importancia que tiene la aprobación de esta ley, aunque es importante avanzar también en materia de ciberseguridad, inteligencia artificial y otros desafíos de nuestra era».

Recordó que en los últimos meses se han complejizado y sofisticado las maniobras de estafa por intermedio de dispositivos tecnológicos, ejemplo de ello es una modalidad reciente que afectó a decenas de usuarios de bancos cuyas cuentas fueron hackeadas para comprar criptomonedas.

«Sin dudas existe la necesidad de especializarse para poder avanzar en la persecución penal de este tipo de delitos, en el marco de una investigación y teniendo en cuenta que es muy difícil poder detectar muchas situaciones donde quien comienza la ejecución mediante actos externos, pueda ser interceptado y localizado con inmediatez; este es un desafío complejo desde la prevención, persecución y eventual detención”, finalizó.

Fuente: Durazno Digital