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Hombres formalizados por abigeato de carnero pedigree avaluado en 2000 dólares

En el mes de mayo dábamos cuenta de la ocurrencia de un delito de abigeato ocurrido en un establecimiento rural ubicado en la Ruta 20, Km 148.

Se había encontrado en dicho campo (arroyo SALSIPUEDES) un cuero, restos y caravana de identificación de un carnero de pedigree avaluado en una importante cantidad de dinero (alrededor de US$ 2000), trabajando en el hecho un equipo de la Unidad de Seguridad Rural de la División Territorial III.

El trabajo de investigación realizado por los Policías mencionados permitió identificar a los posibles autores del delito, dos hombres de 57 y 33 años, y un adolescente de 19, todos con domicilio en la ciudad de Paso de los Toros.

Del allanamiento realizado en la casa de uno de ellos se incauta carne del lanar faenado, la que fue sometida al análisis en laboratorio del Instituto Nacional de Carne (I.N.A.C), donde se compararon las muestras resultando compatibles con las vísceras encontradas en el establecimiento rural.

Luego del trabajo de los investigadores policiales y de la Policía Científica, en conjunto con la Fiscalía de Paso De los Toros, la Justicia Letrada de la Ciudad en el día de ayer formalizó a:

1- L.A.R.CH. como responsable de un delito de Abigeato Agravado por el uso de vehículo para el transporte y por la cooperación de inimputable , en calidad de autor y en grado consumado a 16 meses de prisión en modo de cumplimiento de libertad vigilada según lo dispuesto en ley 19831 art 7 ( fijación de domicilio, presentación semanal en seccional y sometimiento a vigilancia de OSLA) y art. 8 , (prohibición de acercamiento a zona donde cometió el delito , puente SALSIPUEDES). Asimismo se condena al imputado a la prohibición de negociar con ganado o frutos del país por un tiempo igual al doble a la duración de la pena 32 meses según lo dispuesto en art.264 CR.

2- J.C.S. por un delito de Abigeato Agravado en calidad de cómplice y en grado consumado, aplicándose la suspensión condicional del proceso por 8 meses imponiéndose la obligación o condición de:

a. Residir en el lugar de su domicilio.
b. Prohibición de acercamiento a la zona de paraje SALSIPUEDES.
c. Concurrir semanalmente en forma quincenal a la Seccional de su domicilio.

Fuente: Jefatura de Policía de Tacuarembó