×
EnglishSpanish
☰ Secciones

Justicia también dio lugar a demanda de Sarthou por “discriminación” a no vacunados

Foto: Rocha Total

El MSP analiza el fallo que ordena abstenerse de todo acto que imponga un trato diferencial, como testeos anticovid previo a viajar.

Tras la noticia de que el juez Alejandro Recarey dio lugar al recurso de amparo presentado por el abogado Maximiliano Dentone para suspender la vacunación contra la covid-19 en menores de 13 años, también se conoció que el magistrado aceptó la demanda que presentó Hoenir Sarthou que busca detener la solicitud de prueba negativa de coronavirus como condición para regresar a Uruguay a personas no vacunadas en caso de un viaje.

Según contó en rueda de prensa, cuando dos de sus defendidas se disponían a sacar los pasajes y hacer la reserva se encontraron con que se les exigía una prueba de PCR para reingresar al país por el hecho de no estar vacunadas, una obligación que están exentas aquellas personas que sí lo están.

“Como las personas vacunadas y las no vacunadas pueden contagiarse o contagiar de covid-19 resulta una cosa discriminatoria e irracional porque si todos pueden contagiar por qué unos tienen que hacer a su costo un examen para poder regresar a su país y los demás ingresan sin ninguna limitación”, comentó el abogado, quien explicó que su recurso de amparo es para “evitar que se discrimine a las personas no vacunadas que están ejerciendo su absoluto derecho”.

“La vacuna no es obligatoria en el Uruguay y si no es obligatorio no puede tener ninguna consecuencia perjudicial para la persona no vacunada. A esto se suma un tema adicional, que esperemos que se aclare ahora, que es la falta de información adecuada sobre el contenido de las vacunas, sobre los posibles efectos adversos que tenga y acá no se ha dado información, nuestro gobierno no ha dado información sobre qué contiene la vacuna, cuáles son los efectos posibles y en qué condiciones se compraron las vacunas”, indicó.

El fallo de Recarey ordenó que el MSP y todos los demandados se “abstengan” de todo acto, hecho u omisión que “exponga la situación sanitaria de las demandantes” o les “imponga un trato diferencial” para su salida y/o retorno del país por no estar vacunadas contra la covid-19.

El ministro de Salud Pública, Daniel Salinas, indicó a Montevideo Portal están enterados de la resolución y que analizarán con el sector de jurídica de la cartera para responder. Según la ley de amparo, al igual que la vacunación en menores de 13 años, tienen 24 horas para aplicar lo ordenado tras ser notificados.

Fuente: Montevideo Portal