En el marco de la declaración de Emergencia Agropecuaria, realizada el día 30 de diciembre de 2021 y ampliada el 4 de enero de 2022 a nuevas seccionales; el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca instrumentó dos líneas de apoyo a través del Fondo Agropecuario de Emergencias, que a continuación se detallan. Los beneficiarios serán los productores damnificados de los rubros ganadería, lechería y apicultura incluidos en la emergencia que cumplan los siguientes requisitos. El plazo de postulación tendrá igual duración que la declaración de emergencia agropecuaria que indique la resolución para la seccional correspondiente al postulante. Acceda a los formulación de inscripción en la noticia.
1. Línea de Crédito blando a través de República Microfinanzas
Se accede al subsidio en la tasa de interés y a condiciones de amortización flexibles.
A continuación, se detallan las condiciones y requisitos por rubro:
Productores Ganaderos y/o Lecheros:
Requisitos
– Encontrarse dentro de la zona declarada en emergencia agropecuaria según seccional policial del DICOSE (según resolución vigente).
– Estar al día en el Registro de Productor Familiar o que la superficie física total de su producción sea hasta 500 hectáreas CONEAT 100.
– Contar con la declaración jurada de DICOSE vigente.
– Estar al día en sus obligaciones con el MGAP.
Condiciones del crédito
Productores Ganaderos:
– Tasa: 4% en Dólares; 10% en Pesos Uruguayos
Amortización:
– 20/11/22: pago de intereses,
– 20/11/23: pago de 40% capital más intereses,
– 20/11/24: 60% capital más intereses
Productores Lecheros:
– Tasa: 4% en Dólares; 10% en Pesos Uruguayos
Amortización:
– Pesos: 18 cuotas mensuales, primer vencimiento 20/07/22.
– Dólares: Plazo fijo a 180 días.
Productores Apícolas:
Requisitos
– Tener apiarios declarados en la zona declarada en emergencia agropecuaria (según resolución vigente).
– Contar con un registro vigente (al 30/09/2021) en el Registro Nacional de Propietarios de Colmenas (SINATPA) (Declaración Jurada vigente).
– Encontrarse al día con sus obligaciones con el MGAP.
Condiciones del Crédito
– Tasa: 10% en Pesos Uruguayos
Amortización:
20/03/23: 30% capital más intereses
21/03/24: 70% capital más intereses
Postulación
El productor debe postularse a través del siguiente formulario online: https://www.gub.uy/tramites/postulacion-fondo-agropecuario-emergencias-fae
2. Mejora de tajamares, entrega de ración y otros apoyos, a través de Convenio MGAP – Intendencias
A través del mencionado convenio se recibirá apoyo en el armado, recomposición y limpieza de tajamares, en la entrega de ración, materiales u otra forma de ayuda que pueda proveer el gobierno departamental.
– Apoyo: consiste en un subsidio no reembolsable del 75% del costo del proyecto, el cual deberá realizarse en el marco del convenio subscrito entre el MGAP y la Intendencia Departamental. El mismo implica la firma de un contrato entre el MGAP y el productor.
Requisitos:
Productores Ganaderos y/o Lecheros:
– Deben encontarse dentro de la zona declarada en emergencia agropecuaria según seccional policial del DICOSE (según resolución vigente).
– Estar incluido en el Registro de Productor Familiar o que la superficie física total de su producción sea hasta 500 hectáreas CONEAT 100.
– Contar con la declaración jurada de DICOSE vigente.
– Estar al día con sus obligaciones con el MGAP.
Productores Apícolas:
– Tener apiarios declarados en la zona bajo en emergencia agropecuaria (según resolución vigente).
– Contar con un registro vigente (al 30/09/2021) en el Registro Nacional de Propietarios de Colmenas (SINATPA) (Declaración Jurada vigente).
– Estar al día con sus obligaciones con el MGAP.
Postulación
El productor debe postularse a través del siguiente formulario online: https://www.gub.uy/tramites/postulacion-asistencia-mejora-tajamares-entrega-racion-otros-apoyos-convenio-mgap-intendencias
Fuente: GUB.UY