Los pasajeros que ingresen o salgan de Uruguay por vía marítima o fluvial utilizando los servicios de una empresa comercial de transporte internacional autorizada deberán abonar 2,10 dólares más IVA por «servicio de seguridad».
Así lo indica un decreto rubricado por el presidente de la República, Luis Lacalle Pou, que indica que «las empresas de transporte marítimo o fluvial internacional de pasajeros que operen en cualquiera de los puertos serán las encargadas de cobrar el Precio por Servicio de Seguridad a cada uno de sus pasajeros».
Asimismo, apunta que este se cobrará cuando los boletos sean emitidos y que dichas compañías serán agentes de retención de los importes respectivos.
Por otro lado, el decreto explica que en el caso de los pasajeros de cruceros que ingresen y/o salgan del país, «la obligación de cobro y retención del Precio por Servicio de Seguridad estará a cargo de la agencia marítima a la que esté consignado el buque crucero respectivo».
También indica que la recaudación mensual del Precio por Servicio de Seguridad que lleven a cabo las agencias marítimas y fluviales correspondientes «será retenida por éstas y vertida a mes vencido al proveedor del sistema de control fronterizo adjudicado en el marco de la mencionada Licitación Pública Internacional N° 19/2022».
Según el decreto, dicha resolución se tomó en vista de «la necesidad de instalar un sistema moderno de control fronterizo para pasajeros que ingresan y egresan del país, así como de análisis de perfiles de riesgo».
Fuente: Durazno Digital