El próximo 30 de abril vence el plazo para la presentación de la declaración jurada de Fonasa por el año 2018.
¿Quién está obligado a hacerlo?
Todas aquellas personas físicas residentes en Uruguay que presten servicios personales fuera de relación de dependencia por si mismos o a través de sociedades de hecho o civiles. Quedan comprendidos los profesionales, escribanos y titulares de servicios personales no profesionales afiliados a BPS.
¿Cómo se presenta la declaración?
Vía web a través del siguiente enlace: http://www.bps.gub.uy/13550/realizar-la-declaracion-jurada.html